viernes, 4 de junio de 2010

El Corpus Christi

Artículo 8. De La Constitución
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
La Constitución asigna a las Fuerzas Armadas la misión de "garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". Establece también que corresponde al Rey -jefe del Estado y símbolo de su unidad y permanencia (art. 56.1)- el mando supremo de las Fuerzas Armadas (art. 62 h), así como, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz (art. 63.3). Al Gobierno (art. 97), le corresponde dirigir "la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado
Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares. (Vigente hasta el 23 de mayo de 2010
Qué decía antes. Real Decreto 834/1984
TITULO VIII
Honores especiales
CAPITULO PRIMERO
Honores al Santísimo Sacramento
Art. 58. Al Santísimo Sacramento le serán tributados los honores militares de arma presentada e Himno Nacional (primera parte completa).
Art. 59. Toda fuerza formada que asista a la Santa Misa adoptará la posición de desde su iniciación hasta el Sanctus, de desde este momento hasta la Consagración. Terminada ésta se pasará a la de , mientras se interpreta el Himno Nacional (primera parte completa), reintegrándose a la de hasta la comunión del sacerdote, para posteriormente adoptar la de hasta el final de la Misa.
No obstante, la fuerza no armada podrá adoptar la posición de descanso a discreción y, si las instalaciones lo permiten, la ocupación de asientos.
CAPITULO II
En celebraciones de carácter religioso
Art. 60. Con motivo de celebraciones de carácter religioso con tradicional participación castrense, las autoridades militares podrán designar piquetes o escoltas adecuados al acto. Ante la presencia del Santísimo Sacramento, la fuerza designada rendirá los honores previstos en el artículo 58 y ante la presencia de imágenes sagradas adoptará la posición de firmes.

Qué dice ahora:Real Decreto 684/2010
Disposición adicional cuarta. Participación en actos religiosos.
1. En los actos oficiales que se celebren con ocasión de honras fúnebres, además de los honores que correspondan, se podrá incluir un acto de culto católico o de la confesión religiosa que proceda, teniendo en cuenta la voluntad que hubiera expresado el fallecido o, en su caso, la que manifiesten sus familiares.
Por tratarse de actos en los que se interviene en representación de las Fuerzas Armadas, la asistencia a los mismos tendrá consideración de acto de servicio.
2. Cuando se autoricen comisiones, escoltas o piquetes para asistir a celebraciones de carácter religioso con tradicional participación castrense, se respetará el ejercicio del derecho a la libertad religiosa y, en consecuencia, la asistencia y participación en los actos tendrá carácter voluntario.
No se olvide que hoy el ejercito es una amalgama de crencias y culturas,que comforman una institución cuya misión principal es defender la integridad territorial y la Constitucion,por cierto lo que no comprendo como se mantiene el Obispado Castrense o creamos uno para cada una de las religiones. La historia medieval recoge la presencia del sacerdote que asistía religiosamente a las tropas. La asistencia era circunstancial porque los ejércitos no eran permanentes. Al hacerse estos permanentes, surge el soldado profesional, habitualmente separado de su diócesis. Es entonces cuando el Sacerdote se verá incorporado de manera definitiva a la milicia. En 1532, al organizarse los famosos Tercios españoles encontramos al Sacerdote que vivía en su Tercio y lo acompañaba a todas partes, aunque sin estar adscrito a una organización o jurisdicción eclesiástica peculiar para el ámbito militar.
La jurisdicción castrense, aunque sufriendo los avatares ocasionados por los cambios políticos-militares, persistirá hasta 1932. En 1931, el Gobierno de la República restringió primero el Servicio Religioso Castrense, y definitivamente lo suprimió por Ley de 30 de junio de 1932. Poco después muere Don Ramón Pérez Rodríguez, Obispo Castrense y Patriarca de las Indias. Y el 30 de marzo de 1933 el Nuncio Apostólico de Su Santidad declaró extinguido el Breve de 11 de Abril de 1926; y la jurisdicción eclesiástica castrense cesó durante varios años.

Durante la guerra civil de 1936-39, en la zona regida por el General Franco, se habilita de nuevo el servicio religioso con algunos de los Capellanes que en su día habían sido disueltos y otros muchos sacerdotes. El entonces Arzobispo de Toledo, Cardenal Gomá, comisionado por la Santa Sede, organiza interinamente la asistencia religiosa, y actúa como Delegado Pontificio.

Al finalizar la guerra civil se reorganizó paulatinamente el servicio religioso castrense.

Fusiles y Crucifijos
El episodio del Corpus Christi en Toledo, la semana pasada, merece una reflexión. Parece ser que las autoridades democráticas tuvieron que ceder ante la pretensión de los cadetes de “presentar armas” (sic) al Santísimo Sacramento, aunque la legislación vigente ya no preveía estos extremos un poco alucinantes. Nunca he entendido demasiado esa extraña ligazón que algunos establecen entre la religión y el ejército. Puedo comprender que, en un oficio donde la muerte es a menudo más que una hipótesis, los profesionales del ramo tengan creencias religiosas. Al fin y al cabo, cuando llevan a hombros a un compañero caído en acto de servicio y cantan “La muerte no es el final” eso les puede servir de cierto alivio (porque en esta vida, ya se sabe, el que no se consuela es porque no quiere). Pero la muerte es una experiencia común a todos los mortales, así que, ¿por qué el ejército, concretamente? A no ser, claro, que lo único que relacione de verdad a los oficiantes de ambos mundos –el de la guerra y el de Dios- sea la experiencia del poder…
  Es un hecho constatable que, en la mayoría de las infamias históricas, han ido de la mano un símbolo religioso y otro bélico. Los asesinos masivos más insignes han afirmado tener a Dios de su lado. Y, sin embargo –hasta donde yo sé- Jesucristo fue un tipo pacífico, el hijo de un carpintero que predicó el amor universal. Algo huele a podrido en todo esto. Y la visión de unos soldados presentado sus sables ante el Santísimo no ayuda a entender anda. Lo único que queda claro es que la religión está enferma y el ejército es algo anacrónico. Pues a ver qué hacemos.

Joan Garí 9/6/2010

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